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Llegó la cita con hacienda

Un año más, llega nuestra cita obligada con la Agencia Tributaria, una acción que puede ser enojosa en muchos aspectos, pero que resulta de vital importancia para contribuir a constituir un país socialmente responsable.

2023-05-16-Llego-la-cita-con-Hacienda

Desde Sofinco queremos daros algunas recomendaciones que pueden ayudar al menos a facilitar un proceso que, en los últimos años, y gracias a la digitalización, resulta mucho más ágil que hace tan sólo una década. En cualquier caso, los contribuyentes disponen actualmente de tres formas diferentes de presentar su declaración:

  • A través de internet desde el pasado 11 de abril.
  • A través del teléfono, a partir del 5 de mayo.
  • Presencialmente, con cita previa y a partir del 1 de junio.

Para los que opten por hacer la declaración online, lo primero que deberemos hacer es solicitar nuestro borrador a través de la Renta web o la App de la Agencia Tributaria. Desde el pasado día 11 de abril, están disponibles todos los servicios de ayuda para revisar tu borrador, modificarlo y, en su caso, presentar tu declaración de la Renta 2023 online de forma fácil y rápida.

En esta ocasión, la Agencia Tributaria ha creado un asistente virtual que servirá de ayuda a los contribuyentes para resolver las dudas más habituales que tengan a la hora de confeccionar la declaración. Este asistente virtual responderá a las preguntas y dudas más habituales a las que tienen que hacer frente los ciudadanos que se disponen a realizar la declaración de la renta. El número de preguntas y respuestas incorporadas son muchas, sin embargo, en el caso de que tu duda no estuviera recogida, siempre te quedará la opción de utilizar un sistema de chat que te pondrá directamente en contacto con un operador que te ayude a resolver la cuestión.  Además, en esta ocasión, el espacio de Campaña de Renta 2023 de la web, ha incorporado un nuevo apartado informativo destinado directamente a las personas mayores de 65 años, menos habituadas a las gestiones online.

La App de la Agencia Tributaria también cuenta con mejoras, entre las que destacan los nuevos accesos directos a la cartera de valores, en caso de tenerla, y a las herramientas de asistencia virtual.

Sin duda, los servicios digitales han permitido agilizar y facilitar de forma muy importante nuestra obligación anual con la Agencia Tributaria. Sin embargo, también introduce una serie de incertidumbres a las que tenemos que estar atentos. En este sentido, la propia administración nos recuerda que los ciberdelincuentes pueden intentar engañarte suplantando a la Agencia Tributaria por medio de correos electrónicos (phishing) o SMS (smishing) fraudulentos.

Hay que recordar que la Agencia Tributaria no solicita información de facturas u otro tipo de datos confidenciales, económicos o personales, números de tarjetas, ni adjunta anexos con información de facturas ni a través del correo electrónico, ni de SMS. Tampoco realiza nunca  devoluciones a tarjetas de crédito o débito, ni usando Bizum, ni cobra por los servicios que presta.

Por lo tanto, la recomendación en estos casos es fácil, si recibes algún mail o SMS de la Agencia Tributaria solicitando información confidencial o adjuntando documentos para descargar, directamente, bórralo.

Se recomienda, en todo caso, no precipitarse a la hora de dar el visto bueno al borrador con los datos que tiene la Agencia Tributaria, es preferible echarle un vistazo antes para evitar que haya errores o que no se hayan incluido algún tipo de deducción a la que se tenga derecho y que pueda suponer un beneficio para el contribuyente.

Este año hay novedades

Algunas de las novedades incluidas este año serían:

  • Las desgravaciones de planes de pensiones privados individuales se han reducido a tan sólo 1.500 euros como aportación máxima.
  • Madres desempleadas o en ERTE durante los años 2020, 2021 y 2022 pueden solicitar la deducción por maternidad con efecto retroactivo.
  • Todas las madres con hijos menores de tres años dadas de alta en la Seguridad Social —tanto asalariadas como autónomas— pueden beneficiarse de una deducción de 1.200 euros al año en su declaración de la renta. La ayuda aumenta hasta en 1.000 euros adicionales por cada hijo con derecho a la deducción si en el ejercicio anterior se han pagado gastos de custodia del menor.
  • En caso de hijos con algún grado de discapacidad, también hay derecho a un mínimo por discapacidad del descendiente de 3.000€ (con un grado igual o mayor al 33%), 9.000€ (con discapacidad hasta el 65%), y 3.000€ adicionales si necesita ayuda de terceras personas o presenta movilidad reducida.
  • Los progenitores que formen parte de una familia numerosa (tres o cuatro hijos) tienen derecho a una deducción en el IRPF de 1.200 euros, mientras que si se trata de una familia numerosa especial (cinco o más hijos), la cuantía aumenta hasta 2.400 euros.
  • En el caso de los donativos a ONG, fundaciones o instituciones la deducción será del 80% hasta los 150€.  Si la cantidad donada es superior a esta cifra, se deduce el 80% de los primeros 150 euros, y el 35% del resto.
  • También es posible deducirse el 20% de la cuota destinada a partidos políticos o sindicatos.
  • Será importante tener en cuenta las deducciones por mejoras de eficiencia energética, ya que podría ahorrarse entre 5.000 y 7.500€ en el supuesto de haber realizado obras para la reducción de la demanda de calefacción y refrigeración, obras para la mejora en el consumo de energía primaria no renovable, u obras de rehabilitación energética.

Habrá que estar atentos además a las deducciones que correspondan a cada una de las comunidades autónomas y que también pueden suponer un ahorro final considerable.

Por último, si aun así nos resulta especialmente farragoso enfrentarnos a la declaración, hay que tener en cuenta que muchos seguros del hogar incluyen también como servicio la posibilidad de revisar y presentar la declaración de la renta.

En cualquier caso, se trata de una cita anual ineludible a la que merece la pena dedicarle un tiempo y, por supuesto, no dejarlo para el último momento.

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