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Qué debe conocer antes de firmar un crédito al consumo.

El crédito al consumo es una categoría de préstamo personal con una regulación que da una protección especial a los consumidores, tal y como se asegura en El Portal Cliente Bancario del Banco de España. Por lo tanto, antes de firmar cualquiera préstamo de este tipo, conviene leer detenidamente toda la información previa que nos tiene que facilitar obligatoriamente la entidad prestamista.

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La Ley 16/2011, de 24 junio, de contratos de crédito al consumo se aplica a aquellos contratos en los que una entidad concede un crédito a un consumidor para necesidades personales. Entre la información previa más significativa que la entidad prestamista debe facilitar al consumidor y que, por supuesto, se debe incluir en el contrato están los siguientes datos:

  • El importe total, que es el precio del bien o servicio que el consumidor ha comprado.
  • El importe total del crédito, que incluirá el capital prestado además de los intereses y los gastos que conlleve de diferentes comisiones, seguros si los hubiera, etc.
  • La Tasa Anual Equivalente o Tasa Anual Efectiva (TAE), que es el interés real que el consumidor debe pagar anualmente por su crédito, y las condiciones para poder modificar ese porcentaje, en su caso. La TAE incluye el Tipo de Interés Nominal (TIN), las comisiones (de apertura y cancelación anticipada, si las hay) y el plazo de devolución del crédito.
  • La duración total del préstamo que indica el inicio y el final del periodo de amortización.
  • El importe de cada cuota, el número de cuotas y la fecha de cada pago.
  • El interés de demora debe figurar claramente en el contrato. Es decir, el tipo de interés que se tiene que aplicar, así como las consecuencias en el caso de que se produzca un retraso en el pago de las cuotas establecidas.

Lo más importante, es que una vez que el consumidor ha firmado el contrato, tiene que saber que puede desistir del mismo en un plazo de 14 días naturales desde su firma, sin que sea necesario justificación y sin penalización. No obstante, el consumidor está obligado a devolver el dinero que le ha prestado la entidad, además de los intereses acumulados hasta la fecha de devolución con arreglo a las condiciones del contrato y antes de que hayan transcurrido 30 días naturales desde la notificación de desistimiento.

Los consumidores tienen el derecho a ser informados con la máxima claridad y transparencia de todas y cada una de las condiciones que conlleva la concesión de un préstamo al consumo. Esa es precisamente la premisa fundamental establecida por la financiera Sofinco para la relación con sus clientes en la concesión de préstamos. No hay letra pequeña, toda la normativa es explicada de forma sencilla tanto en lo relativo a las tarifas como en los distintos productos existentes de crédito al consumo.

Sofinco, creada por Crédit Agricole Consumer Finance, ya está presente en el mercado español para contribuir de manera firme a eliminar el miedo que todavía existe en España a pedir un préstamo al consumo. Porque estamos convencidos de que los productos financieros se pueden explicar bien y de forma sencilla.

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